
Integridad

Transparencia

Responsabilidad Social Corporativa
Conforme a su Misión y Estatutos Generales, la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso fomenta una cultura institucional de aseguramiento permanente de la calidad, caracterizada por la integridad, la transparencia y la responsabilidad social corporativa.
Considerando su calidad de persona jurídica de derecho público, su estructura organizacional, las diversas instancias colegiadas y unipersonales de decisión y gestión y la dotación de personas que desempeñan funciones académicas docentes e investigativas y/o administrativas, resulta conveniente implementar un sistema preventivo frente a eventuales responsabilidades que pudieran perseguirse en su contra a consecuencia de conductas delictivas desarrolladas por sus miembros a causa o por omisión de controles o supervisión adecuada y oportuna, como asimismo precaver perjuicios que pudiera enfrentar con motivo de engaños u otras maquinaciones fraudulentas.
Manual de Prevención de Delitos y Fraude Interno (MPDFI-PUCV)
MARCO LEGAL
SISTEMA DE PREVENCIÓN DE DELITOS Y FRAUDE INTERNO PUCV

JUAN FRANCISCO RIVERA CASTRO
ENCARGADO DE PREVENCIÓN DE DELITOS Y FRAUDE INTERNO
Rectoría
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
+56 (32) 357 2858
juan.rivera@pucv.cl
Noticias
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Preguntas Frecuentes
¿Qué es Sistema de Prevención de Delitos y Fraude Interno?
Es un sistema de gestión que ha implementado la Universidad, inspirado en la observancia y cumplimiento de las normas y disposiciones legales y de carácter interno que regulan todos los ámbitos de su actividad, de conformidad a su Misión y Estatutos Generales, que fomentan una cultura institucional de aseguramiento permanente de la calidad, caracterizada por la integridad, la transparencia y la responsabilidad social corporativa.
Este sistema se encuentra actualmente en fase de actualización a fin de adecuarlo a las exigencias que ha impuesto la Ley de Delitos Económicos.
¿Por qué la PUCV necesita de un sistema preventivo de este tipo?
Este sistema inicialmente fue autoimpuesto por la Universidad de manera voluntaria, sin embargo, tras la entrada en vigencia de la Ley de Delitos Económicos, su establecimiento y efectividad constituye una obligación legal.
¿Es obligatorio disponer de un programa de prevención de delitos y fraude interno?
Además, la implementación de un sistema de un programa de prevención es una demostración más de la preocupación de la Universidad por cumplir los estándares legales y éticos en sus funciones y el aseguramiento de la calidad.
¿Cuáles son los delitos que se pretende prevenir?
a) Lavado de activos: cualquier hecho o conducta que persiga ocultar o disimular la naturaleza, origen, ubicación, propiedad o control de dinero y/o bienes obtenidos ilegalmente, a sabiendas de que provienen, directa o indirectamente, de la perpetración de los hechos constitutivos de delitos, o aún desconociendo dicho origen ilícito por negligencia inexcusable.
b) Cohecho: dar, ofrecer o consentir en dar a un empleado público nacional o extranjero un beneficio económico o de otra naturaleza, en provecho de éste o de un tercero, en razón de su cargo o para que realice las acciones o incurra en las omisiones señaladas en los artículos 248, 248 bis y 249 del Código Penal.
c) Receptación: delito que comete quien conociendo su origen o no pudiendo menos que conocerlo, tenga en su poder, a cualquier título, especies hurtadas, robadas u objeto de abigeato, de receptación o de apropiación indebida, las transporte, compre, venda, transforme o comercialice en cualquier forma, aun cuando ya hubiese dispuesto de ellas.
d) Corrupción entre particulares: solicitar o aceptar un beneficio económico o de otra naturaleza para favorecer, en el ejercicio de sus labores, la contratación con un oferente por sobre otro. Asimismo, dar, ofrecer o consentir en dar a un empleado o mandatario un beneficio económico o de otra naturaleza para que favorezca o por haber favorecido la contratación con un oferente por sobre otro.
e) Apropiación Indebida: apoderamiento o distracción de dinero u otros bienes muebles ajenos que se hubieran recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarla o devolverla.
¿En qué consiste el fraude interno?
¿Cómo funciona el sistema de prevención que ha implementado la Universidad?
Conforme a este Manual, se adoptan medidas de mitigación de los riesgos penales que pueden identificarse en los procesos y actividades de la Universidad.
¿Quién es el Encargado de Prevención de Delitos y Fraude Interno y cuáles son sus responsabilidades?
Actualmente, el Encargado de Prevención de Delitos y Fraude Interno es el abogado de nuestra Universidad Sr. Juan Francisco Rivera Castro. Dentro de sus principales funciones, conforme al Manual que ordena el sistema, el Encargado de Prevención deberá:
a) Dirigir actividades de difusión interna y capacitación a los miembros de la comunidad universitaria en cuanto a la prevención de delitos y fraude interno;
b) Determinar medidas y acciones de difusión externa y comunicación pública;
c) Responder consultas y aclarar dudas que se le formulen por parte de cualquier miembro de la comunidad universitaria, en relación con el Manual de Prevención de Delitos y Fraude Interno, su sentido y alcance;
d) Recibir denuncias internas o externas y/o solicitar antecedentes a las distintas autoridades y jefaturas, unidades, centros, entidades o reparticiones de la institución sobre hechos que puedan comprometer la responsabilidad penal de la Universidad o constituir fraude interno;
e) Analizar los antecedentes disponibles y, conforme a ello, determinar o no el inicio de una investigación;
f) Solicitar al Prosecretario General de la Universidad que, atendidas sus facultades y en forma prioritaria, realice una investigación de lo hechos que ha conocido conforme a las disposiciones y procedimientos establecidos en el Manual de Prevención de Delitos y Fraude Interno;
g) Ponderar los antecedentes que le sean remitidos por el Prosecretario General en virtud de la investigación realizada por éste, a fin de determinar los cursos de acción posible, en relación con lo establecido en el artículo 26 del Manual de Prevención de Delitos y Fraude Interno;
h) Emitir un dictamen dirigido al Rector con sus conclusiones acerca de la investigación realizada y formular recomendaciones de sanciones y medidas a adoptar;
i) Mantener actualizado el proceso de identificación, análisis y evaluación de riesgos;
j) Rendir cuenta semestralmente de sus actuaciones ante el Consejo Superior de la Universidad;
k) Elaborar un plan de trabajo y un presupuesto conforme al cual se determinarán los recursos y medios que tendrá disponible.
l) Revisar, actualizar e implementar políticas y protocolos internos para la Universidad, en el ámbito de su competencia.
m) Someter el Programa de prevención a actualizaciones permanentes y a evaluaciones por parte de terceros independientes.
¿Para qué sirve el Canal de Consultas y cómo funciona?
Es un medio disponible para plantear todas las preguntas, dudas y precisiones que sean necesarias en relación con el Sistema de Prevención de Delistos y Fraude Interno que se ha establecido. Para ello, se ha habilitado el correo electrónico consultasdfi@pucv.cl, el cual será respondido directamente por el Encargado de Prevención de Delito y Fraude Interno.
Además, en la página web de la Universidad se encuentra disponible un link para formular las denuncias, las que serán transmitidas de inmediato al Encargado de Prevención de Delito y Fraude Interno.
¿Por qué es importante utilizar los canales oficiales para efectuar denuncias?
El uso de los canales de denuncia oficiales que ha implementado la Universidad y que se encuentran a disposición de toda persona, permite llevar un adecuado control de las mismas, de manera de responder a ellas de forma oportuna y en conformidad con las normas legales e internas. Asimismo, garantiza la confidencialidad de la información que se transmite, permitiendo, por una parte, la reserva de identidad de quien denuncia, si es que así lo solicita; y por otra, un adecuado resguardo de las garantías y derechos fundamentales de quien es objeto de una imputación, la que no necesariamente siempre es real o precisa.
El uso de otras formas de denuncia, como pueden ser correos masivos o la utilización de redes sociales para estos efectos, genera un riesgo, pues, expone a cualquier persona a un juicio público por hechos que no necesariamente han sido contrastados o verificados. En tal sentido, el Encargado de Prevención al recibir una denuncia por los canales oficiales indaga confidencialmente acerca de su verosimilitud, única forma de resguardar la honra y garantías fundamentales de las personas. Solo tras confirmar la existencia de indicios de delito u otras irregularidades se dará cuenta a las autoridades correspondientes.
¿Qué debo hacer si tengo conocimiento de un delito o de un fraude interno? ¿Qué riesgos o consecuencias podría enfrentar?
Conforme al Manual de Prevención, todo miembro de la comunidad universitaria tiene la obligación de denunciar los hechos que conozca que puedan constituir delitos o fraude interno. Se garantiza la reserva y la confidencialidad en el manejo de los antecedentes aportados. Ninguna denuncia podrá suponer represalias o menoscabo para quien la formula.
¿Qué ocurre si realizo una denuncia que sé que no es cierta y que por lo tanto puede afectar injustamente a otra(s) persona(s)?
Para resolver dudas, escriba a: consultasdfi@pucv.cl
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, Av. Brasil 2950, Valparaíso, Chile.







































